Yo no le daría la casa en absoluto. Simplemente le diría a tu padre que has comprado la casa para que viva en ella sin pagar alquiler. Mantén la casa a tu nombre. Esto suena contraintuitivo, pero tengo una muy buena razón
mhoran_psprep toca algo de esto
Si tienen que abandonar la vivienda, su capacidad para obtener ayudas públicas para sufragar los gastos de la residencia podría verse afectada.
Hay una palabra que debes tener presente: Medicaid. Puede que estés pensando: "Espera, mi padre tiene Medi atención . Medicaid es para los pobres". Generalmente lo es, pero hay una razón menos conocida para inscribirse en Medicaid: podría necesitar una residencia de ancianos a tiempo completo. No sé cómo de rico es, pero una residencia de ancianos a tiempo completo cuesta sumas exorbitantes al mes . Estamos hablando de hasta 10.000 dólares al mes. Eso no es calderilla, y si se prolonga en que se suma muy rápidamente.
Espero que a estas alturas tenga un poder notarial que le permita crear fideicomisos. La mayoría de los documentos de poder de acciones no lo incluyen. Yo consultaría a un abogado especializado en derecho de familia si necesita una nueva redacción. Ese poder está a punto de convertirse en super importante.
Cuando solicite Medicaid en esta circunstancia, tendrá que reducirlo a unos 2000-3000 dólares en activos corrientes. A continuación, tendrá que proporcionar una montaña (no estoy exagerando) de la documentación, incluyendo cualquier extractos bancarios, inversiones, activos etc. Estas solicitudes de registros se remontan a 5 años atrás. Una vez realizado este proceso, Medicaid le penalizará (es decir, a usted) en meses, en función de la cantidad de transferencias no permitidas que se hayan producido en los últimos 5 años (es decir, si le ha dado dinero, un vehículo, etc.). Si era propietario de la casa que usted quiere regalarle en algún momento de ese periodo, Medicaid querrá examinarlo y le penalizará si cree que la vendió por menos del valor de mercado. En ese caso, le indicarán que entregue todos los ingresos (como los de la Seguridad Social) a la residencia y Medicaid se hará cargo del resto.
La clave para tu padre en ese momento es reducirlo al mínimo. Arkansas tiene algo llamado Miller Income Trust .
Si sus ingresos superan el límite, es posible que cumpla el criterio de elegibilidad de ingresos constituir un fideicomiso irrevocable de ingresos (también conocido como conocido como Miller Income Trust o MIT). El fideicomiso irrevocable de ingresos se establece mediante la firma de un documento legal y la apertura de una cuenta bancaria especial para financiar el fideicomiso. cuenta bancaria especial para financiar el fideicomiso. Esta cuenta sólo debe utilizarse para el fideicomiso de ingresos. Todos sus ingresos contables deben ingresarse mensualmente en la cuenta bancaria y el fideicomisario sólo debe realizar pagos (desembolsos) desde la cuenta de acuerdo con la política y los procedimientos de Medicaid, tal como se indica en la Hoja de cálculo de ingresos posteriores a la elegibilidad para cuidados a largo plazo/vida asistida (DHS-712). En el momento de su fallecimiento, los fondos que queden en la cuenta se abonarán al Departamento de Servicios Humanos de Arkansas para el reembolso de los gastos de Medicaid pagados en su nombre.
La mayoría de los Estados tienen alguna variante de esto. Básicamente, usted empuja todos sus activos por encima del mínimo en ese fideicomiso y entonces solicitar Medicaid. Así se evita que una familia esencialmente arruinada sea penalizada después de haberla obligado a arruinarse primero. El MIT no cuenta como activo a efectos de Medicaid. De este modo, puedes utilizar el fideicomiso en su nombre para sus cuidados más allá de la residencia de ancianos. Cuando fallezca, el MIT informará a Medicaid y Medicaid recibirá el reembolso de sus gastos. Si los gastos superan la cantidad que tiene el MIT, simplemente pagarán lo que tengan. Si sobra algo, se llevan una parte y te envían a ti lo que quede.
Esta es una forma MUY cara de hacerlo, especialmente si vendiste una casa de 300.000 dólares en medio de todo esto.
Mantener la casa a su nombre también tiene la ventaja de no tener que legitimarla. Si tiene hermanos, y en el testamento no figura que la casa vaya a ser suya, esto puede dar lugar a una costosa batalla legal en la que al final ninguno de ustedes se quede con la casa (no obstante, sus abogados se lo agradecerán).