Está utilizando una variedad de términos que no coinciden totalmente entre sí, y eso puede ser parte del problema. Si alguien "te presta dinero", por definición, tienes una deuda con él. Eso es lo que es un "préstamo".
Si, en cambio, ofrece a alguien acciones preferentes de su empresa a cambio de una propiedad, es probable que no tenga la obligación directa de devolvérselas. Lo que sea exactamente una "acción preferente" dependerá de los términos incluidos en ese certificado de acciones; tal vez requiera dividendos anuales si los dividendos deben pagarse a los accionistas comunes, tal vez tenga algunos derechos de liquidación en determinadas circunstancias, y tal vez incluso tenga derecho a convertirse en deuda legal en determinadas circunstancias.
A efectos legales, los fondos propios son fondos de capital y la deuda es deuda, a menudo a pesar de la realidad económica de lo que conlleva.
A efectos contables, la naturaleza de la clase de acciones determinará si se clasifica como deuda o como capital. Para un banco que esté pensando en prestarle dinero, le importa más la solvencia económica de usted / la inversión, que el tratamiento contable.
Para el banco, no importa cuál sea la definición legal o contable del acuerdo, sino que les importa la sustancia económica de cómo podría afectarles en caso de que no pagues tu hipoteca. El hecho es que si sus "acciones preferentes" son lo suficientemente parecidas a una deuda como para que alguien las considere una compensación válida por venderle una propiedad, es probable que el banco las considere de la misma manera. Además, incluso si hay formas mínimas de que el tenedor de las PS te obligue a liquidarlas unilateralmente, es probable que el banco no quiera involucrarse.
Está muy claro que estás tratando de hacer algún tipo de maniobra financiera para eludir algún tipo de prueba de liquidez o viabilidad orquestando las cosas de una manera determinada - y para sólo un préstamo de 300 mil dólares, es poco probable que cualquier banco esté dispuesto a realizar la debida diligencia legal para confirmar que la garantía que estás ofreciendo vale realmente lo que dices que vale. Simplemente temerían que el titular de la PS recibiera el pago, lo que les dejaría en manos de una empresa sin valor, responsable de una deuda que no podría pagar.