Se supone que los contratos perpetuos siguen los precios al contado a través del financiación mecanismo. Normalmente, si el futuro ha cotizado por encima del spot en el último periodo de promediación utilizado para calcular la financiación, ésta será positiva, y el largo pagará al corto exactamente al final del periodo de promediación. Basta con mantener el activo justo al final del periodo para recibir la financiación (como los dividendos en una fecha ex). Entiendo que esto es para desanimar a los inversores a estar largos en el futuro. Pero esto no tiene sentido para mí desde una perspectiva de arbitraje.
De hecho, para evitar el siguiente arbitraje en torno al pago de la financiación:
- poner en corto el futuro justo antes del pago de la financiación,
- tomando la financiación (conocida casi con exactitud debido al periodo de promediación),
- comprando el futuro,
se requiere que el precio de la perpetua se mueva hacia arriba (sentido contrario a la convergencia ya que suponíamos perp>spot) por el importe de la financiación. El mismo fenómeno con los dividendos: los puntos disminuyen por el valor de los dividendos al pasar por la ex-fecha.
Así que ese es mi punto: la corrección de precios necesaria que debería surgir de este pago es opuesta a lo que esperaba. Me parece que debería crear una divergencia en el precio.
Obviamente no es el caso, pero ¿qué me estoy perdiendo?