En primer lugar, soy consciente de que cuando se viaja a otro estado por motivos de trabajo es habitual tener que pagar impuestos en ese estado por el trabajo realizado+contraído en ese estado.
Ejemplo: usted trabaja/vive en Pensilvania pero se desplaza para realizar trabajos in situ en una instalación de California dos meses. California tiene derecho a cobrar el impuesto sobre la renta sobre sus ingresos anuales * 2 meses/12 meses según la legislación fiscal de California.
Mi pregunta se refiere a una situación alternativa en la que los viajes son mucho más cortos y, por lo tanto, el tiempo fraccionado empleado en tránsito se convierte en algo significativo.
Ejemplo: Vivir en Colorado pero volar a California todas las semanas los martes y volver los jueves. Trabajar desde Colorado los lunes y los viernes.
Está claro que las 2/5 partes del tiempo se dedican a trabajar en Colorado (lunes/viernes). Además, 1/5 del tiempo (miércoles) se pasa íntegramente en California. Los martes y jueves, algunos el trabajo se realiza en Colorado y algunos trabajo se realiza en California. Sin embargo, una parte importante del tiempo se pasa en tránsito (por ejemplo, el 50%).
¿Existe algún precedente sobre qué impuestos estatales se poseen durante un día de tránsito? En este caso concreto, podría suponer una diferencia de impuestos de miles de dólares anuales.