No resido en Estados Unidos. Estoy evaluando la fiscalidad del ETF domiciliado en EE.UU. frente al ETF domiciliado en Irlanda.
Supuestos
- El país de residencia del inversor tiene un tratado fiscal con EE.UU. (la retención en EE.UU. es del 15%).
- El impuesto local en el país de residencia del inversor es del 19%.
- El país de residencia del inversor permite la deducción de la retención en origen (es decir, el inversor sólo paga el delta entre el impuesto retenido y el impuesto local).
1. ETF domiciliado en Estados Unidos que distribuye dividendos.
- El tipo impositivo sobre los dividendos pagados por las empresas al ETF es del 0%.
- El tipo de retención sobre los dividendos pagados por el ETF al inversor es del 15%.
- El tipo impositivo local sobre los dividendos recibidos por el inversor es del 4%.
Total: 19%.
2. ETF domiciliado en IE que distribuye dividendos.
- El tipo de retención sobre los dividendos pagados por las empresas al ETF es del 15%.
- El tipo de retención sobre los dividendos pagados por el ETF al inversor es del 0%.
- El tipo impositivo local sobre los dividendos recibidos por el inversor es del 19%.
Total: 31,15%.
3. ETF domiciliado en EE.UU. que acumula dividendos.
No se aplica: Las empresas estadounidenses deben pagar dividendos al menos una vez al año a los no residentes en Estados Unidos.
4. ETF domiciliado en IE que acumula dividendos.
- El tipo de retención sobre los dividendos pagados por las empresas al ETF es del 15%.
- El tipo de retención sobre los dividendos pagados por el ETF al inversor es del 0% (no hay dividendos).
- El tipo impositivo local inmediato sobre los dividendos percibidos por el inversor es del 0% (sin dividendos).
- El tipo impositivo local sobre las ganancias realizadas tras la venta es del 19% (no hay impuesto sobre las ganancias no realizadas).
Total: menos o igual al 31,15%. en función del periodo de inversión
Preguntas
- ¿Hay algún error en los cálculos anteriores?
- ¿Cómo comparar la opción 4 con las opciones 1 y 2, asumiendo 10 años como periodo de inversión ejemplar?
- ¿En qué condiciones la opción 4 es más óptima que la opción 1?
Actualización: el país de residencia del inversor no tiene ningún tratado sobre el patrimonio o las donaciones con EE.UU., pero ignoremos el impuesto sobre el patrimonio para simplificar.