Cuando vendes tu residencia principal, debes capitalizar cualquier pérdida o ganancia en ese momento; no llevas tu pérdida o ganancia al siguiente (como harías en una propiedad de inversión). Por lo tanto, el momento de la compra de la próxima casa no es relevante en esta discusión: ya ganaste la cantidad que ganaste. Esto cambió del otro método (diferimiento) en 1997 (ver este artículo de bankrate para más detalles.)
Sin embargo, como se discute en Tema Fiscal 701 del IRS, puedes excluir hasta $250,000 (soltero o presentando por separado) o $500,000 (casados presentando en conjunto) de ganancia si es tu residencia principal y cumple con algunos requisitos (principalmente, que la hayas poseído por al menos 2 años en los últimos 5 años, y la hayas utilizado como tu residencia principal por al menos 2 años de los últimos 5 años). Entonces, dado que informaste una ganancia del 25%, siempre que tu casa esté por debajo de un millón de dólares, todo está bien (y si supera el millón de dólares, probablemente deberías contratar a un CPA para estas cuestiones).
Para los impuestos estatales de California, parece ser lo mismo (ver esta respuesta de foro de Turbotax para una buena explicación y enlaces a esta guía de la Junta de Impuestos sobre Franquicias de California que lo confirma:
Para ventas o intercambios después del 6 de mayo de 1997, la ley federal permite una exclusión de ganancia en la venta de una residencia personal en la cantidad de $250,000 ($500,000 si están casados y presentan en conjunto). El contribuyente debe haber poseído y ocupado la residencia como residencia principal durante al menos 2 de los 5 años antes de la venta. California se adhiere a esta disposición. Sin embargo, los contribuyentes de California que hayan prestado servicio en el Cuerpo de Paz durante el período de 5 años que concluye en la fecha de la venta pueden reducir el período de 2 años por el período de servicio, sin exceder los 18 meses.
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Normalmente la venta de una residencia principal no conlleva ninguna responsabilidad fiscal. Sin embargo, debes incluir una etiqueta de país/estado por si acaso existen excepciones.
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Preguntas fiscales casi siempre requieren que especifiques tu ubicación. Tenemos muchas etiquetas de país.