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¿Se aplican la "sanción por no presentar" y la "sanción por no pagar" cuando se modifica una declaración presentada a tiempo después del plazo?

Presenté mi declaración de impuestos de 2017 en octubre de 2018 y había pagado todos los impuestos debidos (según calculé en ese momento) antes de la fecha límite de pago del 15 de abril de 2018. Recientemente, descubrí un error en mi cálculo de impuestos - no me había dado cuenta de que necesito realizar el Bitcoin Cash adquirido a través de un hard fork de Bitcoin como ingreso gravable - por lo que me doy cuenta de que pagué menos impuestos por un poco más de $ 2,300. Tengo que presentar el formulario 1040-X por esto. Aunque podría simplemente presentarlo y luego dejar el cálculo de la multa y los intereses al IRS, me gustaría hacer un cálculo aproximado y enviar el dinero total a través de EFTPS para que si hay un retraso en la comunicación del IRS, no acabe pagando de más. Espero presentar el 1040-X en algún momento de enero de 2021.

Por lo que puedo entender en base a la instrucciones para el formulario 1040-X ¿la sanción por incumplimiento de la obligación de declarar probablemente no se aplique? Y no estoy seguro de la sanción por incumplimiento de pago. Pero no encuentro nada que diga o rechace explícitamente la idea. Aviso 746 que describe las sanciones e intereses parece que ni siquiera menciona el 1040-X.

Parece claro que tengo que pagar los intereses; sólo que no estoy seguro de la parte de no presentación y no pago.

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Phil Puntos 11

Sí, el incumplimiento de la obligación de presentar la declaración no se aplica porque usted sí la presentó, aunque haya cometido algunos errores; esa sanción es por no presentarla, es decir, por ignorar o desafiar la ley. (Hay algunos casos en los que pueden tratar una declaración que no responde como si no se hubiera presentado, pero sólo lo hacen para los locos que presentan cosas como "no tengo que pagar impuestos de EE.UU. porque soy un ciudadano de Júpiter y EE.UU. no controla Júpiter". Dado que sabes que procesaron tu declaración, no fue rechazada).

Aviso 746 referencias IRC 6651 que puede ver que aplica la penalización por impago en dos casos:

(a)(2) si "muestra[] el impuesto" en una declaración obligatoria (que es necesariamente una declaración original, porque esas son las únicas obligatorias) y no paga

(a)(3) si el impuesto era "obligatorio" (en su declaración original) pero "no se muestra" - que es su caso debido a su error - entonces la sanción comienza sólo 21 días después de le exigen el pago, que se producirá o se produciría sólo después de procesar y publicar su declaración enmendada (que para el papel durante la temporada de presentación probablemente será de 3 a 6 semanas).

Además, incluso si la FTP se aplicara, es casi seguro que podrías acogerte a la reducción por causa razonable prevista en la ley -por tu descripción está claro que intentaste de buena fe determinar el impuesto correcto, y pagaste la cantidad así determinada; creo que eso es una causa razonable- y en el improbable caso de que fallara, suponiendo que no hayas tenido otros problemas recientes que no has mencionado, te acoges absolutamente a primera reducción prevista en la póliza (aunque está en la web en el apartado de "pequeñas empresas y autónomos" se aplica a todos los contribuyentes del IRPF, excepto no estoy seguro de las sociedades).

Sí, tendrás que pagar intereses; así lo exige la ley, salvo excepciones muy limitadas, como los militares en zona de combate. Por otro lado, los tipos de interés del mercado del Tesoro se han mantenido cerca de cero desde 2008 gracias a la "flexibilización cuantitativa" de la Fed, por lo que el tipo de interés del IRS es y ha sido sólo ligeramente superior al 3%, y los intereses de 3 años serán aproximadamente el 10% del impuesto pagado con retraso.

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