Siempre que oigo hablar de un proceso de solicitud de una hipoteca europea, hay registros sanitarios de por medio. Quieren saber que es probable que el prestatario sobreviva a la hipoteca (o a la mayor parte de ella, supongo).
Cuando conseguí mi hipoteca en Estados Unidos, nadie se fijó en mi salud, ni en los planes de seguro de vida, ni en nada parecido.
Me imagino que tiene que haber alguna diferencia normativa subyacente, pero ¿cuál es? ¿Es que en Estados Unidos hay alguna prohibición legal para hacerlo, o es que en Europa no se puede asegurar contra la muerte del prestatario, o algo más?