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Ciudadanos no estadounidenses que trabajan por cuenta propia en EE.UU. a distancia

Espero que alguien pueda indicarme la dirección correcta. He hablado con no menos de 3 empresas de contabilidad: una enorme empresa internacional aquí en Suecia y dicen que no están autorizados a asesorar sobre las leyes fiscales internacionales, y dos en los EE.UU. que nunca se molestaron en responderme después de un intercambio inicial.

Soy residente y ciudadano de Suecia. Mi principal fuente de ingresos es el trabajo por cuenta propia, la mayoría de ellos con clientes estadounidenses.

Lo único que quiero saber es si debo pagar impuestos en EE.UU. por mis ingresos obtenidos en EE.UU. (todos mis ingresos se obtienen a distancia, desde Suecia, nunca he puesto un pie en EE.UU.). No encuentro una respuesta definitiva a esto. En algunos sitios dicen que debo hacerlo, y que cualquier declaración de EE.UU. es deducible en mi declaración de impuestos sueca debido a una cláusula de exención de la doble imposición en un tratado fiscal entre Suecia y EE.UU.

En otros lugares dicen que mi obligación termina con la simple entrega de un formulario W8-BEN a la entidad estadounidense que me contrató.

Todo lo que quiero hacer es pagar lo que se supone que debo, al lugar correcto, pero ¿por qué tiene que ser tan malditamente complejo? Apreciaría mucho cualquier indicación en la dirección correcta.

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Joel K Puntos 3367

Al husmear en la página web de Hacienda ( http://www.irs.gov ) es aparece como si no tuviera que pagar el impuesto sobre la renta en Estados Unidos. No soy abogado ni profesional de los impuestos, por lo que no puedo responder definitivamente a esto por ti.

La mayor parte de la información se refiere a los extranjeros no residentes que trabajan en Estados Unidos o que tienen un cónyuge estadounidense.

Sin embargo, puede encontrar algo aplicable en esta publicación del US Internal REvenue Service.

http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p54.pdf Guía fiscal para ciudadanos estadounidenses y extranjeros residentes en el extranjero porque hay una sección que habla de los tratados fiscales.

Es posible que tenga que escribir (correo electrónico) al IRS directamente con su pregunta.

Pero desde mi punto de vista, me parece que la empresa estadounidense que te contrata te trata como una entidad comercial (es decir, una empresa unipersonal), por lo que se trataría de una empresa que hace negocios con una empresa estadounidense.

Si su empresa contratante no le envía un formulario de impuestos que muestre sus ingresos en EE.UU., es muy probable que no tenga problemas.

editado para añadir He descubierto este párrafo en la publicación mencionada anteriormente (en la página 16). Creo que NO está obligado a declarar ni a pagar impuestos en los Estados Unidos (el énfasis es mío):

La fuente de sus ingresos laborales es el lugar donde realiza los servicios por los que recibió los ingresos. Las rentas del trabajo en el extranjero son ingresos que recibe por trabajar en un país extranjero. El lugar o la forma en que se le paga no tiene efecto sobre el origen de los ingresos. Por ejemplo, los ingresos que reciba por el trabajo realizado en Austria son ingresos de una fuente extranjera, incluso si los ingresos se abonan directamente en su cuenta bancaria en Estados Unidos y su empleador está situado en la ciudad de Nueva York.

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Smithee Puntos 76

Por si sirve de algo, pensé en dar un poco de seguimiento a esto. Finalmente pude ponerme en contacto con una contable internacional con sede en EE.UU., y me dijo que en mi situación particular no estaba sujeto a impuestos en los Estados Unidos. Puede haber algunos casos extremos, así que, por supuesto, en caso de duda, siempre hay que tratar de buscar ayuda profesional, pero, en pocas palabras, si no tienes sede en Estados Unidos y no tienes oficinas, personal ni presencia de ningún tipo (incluida la publicidad) en ese país, es probable que no tengas que tributar allí (pero, de nuevo, busca opiniones profesionales).

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mundeep Puntos 108

https://www.linkedin.com/pulse/us-companies-can-legally-hire-foreigners-living-other-rich-mba/

"No residentes"

"Como norma general, los salarios percibidos por extranjeros no residentes por servicios prestados fuera de los Estados Unidos para cualquier empleador son ingresos de origen extranjero y, por tanto, no están sujetos a la declaración y retención del impuesto federal sobre la renta de los Estados Unidos."

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Ville Laurikari Puntos 10484

No soy un profesional de la fiscalidad, pero tengo un poco de experiencia en cuestiones transatlánticas. También conozco a un contador público que tiene experiencia en asuntos fiscales internacionales.

En general, la norma es que debe presentar la declaración de la renta en EE.UU. si

  • Usted es una persona estadounidense (cualquier persona que se encuentre físicamente en EE.UU., o un ciudadano estadounidense o residente permanente en EE.UU., independientemente del lugar del mundo en el que se encuentre). En ese caso, todos tus ingresos están sujetos a la fiscalidad estadounidense.
  • Una parte de sus ingresos procede de Estados Unidos. En ese caso, sólo los ingresos procedentes de EE.UU. están sujetos a la fiscalidad estadounidense.

Es posible que no tenga que pagar ningún impuesto adicional en función del tratado, pero aún así tendría que presentar una declaración de la renta en Estados Unidos.

La gran pregunta es si sus ingresos se consideran procedentes de Estados Unidos. Mi conjetura -y no es más que eso- es que si estás constituido en sociedad, los ingresos de la corporación cuentan como ingresos de EE.UU., y tus propios ingresos serían simplemente un salario sueco.

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Mark Johnson Puntos 106

Estoy en una situación similar en Australia y por lo que sé, tienes que rellenar el W8ECI, y todavía tienes que presentar una declaración de impuestos al final del año fiscal en EE.UU. Este formulario aparentemente se puede utilizar para los autónomos, esto permitirá que el pagador en EE.UU. retenga el impuesto en una tasa de impuestos graduada como un residente fiscal de EE.UU.. De lo contrario, se le retendrá la totalidad del 30% de la cantidad retenida antes de que se le pague.

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