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Concesión de acciones, impuestos y Hacienda

Como incentivo de retención, se me concedieron acciones (unos 60.000 dólares) de la empresa privada de mi empleador.

La subvención de acciones pasó por la nómina en diciembre y se descontó el FICA pero no el impuesto sobre la renta. Preveo una enorme factura de impuestos cuando presente la declaración (más de 20.000 dólares).

¿Me va a reventar Hacienda por esto? ¿Tendré sanciones por no pagar los impuestos trimestrales o me obligarán a pagar los impuestos trimestrales este año aunque haya sido algo puntual? ¿Debo hacer algo ahora o solucionarlo todo cuando presente la declaración?

Alguien ha preguntado: "¿Pueden confirmar que se trata de una concesión directa de acciones y no de las opciones que se conceden más habitualmente?". No estoy seguro de cuál es la diferencia. Me dieron 200 acciones restringidas. El valor de esas acciones aparece en mi nómina y en mi W2 como un ingreso pagado a mí. Desde fuera, parece que mi empresa me pagó una bonificación de 60.000 dólares y luego se la devolví por 200 acciones.

Nota del mod.: esta pregunta se ha fusionado con la de este ya que el OP perdió el acceso a la cuenta que lo publicó y quería hacer cambios.

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Si tiene un evento único, se le permite hacer un solo pago estimado para ese trimestre en el formulario 1040-ES. La gente parece temer que si hace un solo pago de este tipo tendrá que hacerlo para siempre, y eso no es cierto. Las instrucciones del IRS se leen de esa manera, pero eso es porque la mayoría de las personas que hacen el pago estimado lo hacen debido a alguna circunstancia repetitiva como ser un trabajador por cuenta propia.

Además, puede tener derecho a una o más exenciones sobre una posible multa por pago insuficiente cuando presente su Formulario 1040, incluso si no realiza un pago estimado, y puede reducir o eliminar cualquier multa anualizando sus ingresos, es decir, desglosándolos por trimestre en lugar de por año completo. Consulte las instrucciones del Formulario 2210 para obtener más detalles, incluido el Anexo AI para anualizar los ingresos. Esto es un poco de trabajo, pero podría valer la pena dependiendo de su situación.

https://www.irs.gov/instructions/i2210/ch02.html

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somdow Puntos 114

Yo también pasé por esto. Hay una disposición de seguridad. Si usted paga por adelantado como pagos de impuestos estimados, el 110% de su obligación tributaria del año anterior, no hay penalidad por el pago insuficiente de la gran obligación tributaria por evento de liquidez. https://www.irs.gov/publications/p17/ch04.html

Eso es con los federales.

Su estado puede tener normas diferentes.

Sería muy inteligente contratar a un contable para preparar su declaración este año. En tu lugar, pediría al director financiero o al jefe de finanzas de tu empresa que te sugiriera a alguien.

Enhorabuena, por cierto.

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