He estado leyendo el excelente libro Manual de IRAs autodirigidas por Mat Sorensen.
Tengo entendido que puedo conseguir el control personal de la chequera de mis inversiones para la jubilación constituyendo una sociedad de responsabilidad limitada que sea propiedad en su totalidad de mi cuenta IRA (no de mí), con el requisito de que toda la capitalización de la sociedad de responsabilidad limitada debe proceder de la cuenta de mi cuenta IRA con su custodio, sin que los fondos procedan nunca de mi cuenta bancaria personal.
Lo que no puedo entender es cómo se supone que se produce la financiación inicial y la formación de la LLC. En general, se supone que la inversión de la IRA proviene de la cuenta de custodia de la IRA, y se deposita en la cuenta corriente de la LLC. Pero no se puede abrir una cuenta corriente a nombre de la SRL hasta que ésta haya presentado su registro inicial en el estado. Entonces, ¿de dónde sale el dinero para las tasas de registro/formación inicial del estado?
Lo que me parece más lógico es que los gastos de constitución salgan de la cuenta del IRA con el custodio. Pero, no he visto que ningún custodio ofrezca la "formación de una LLC" como un tipo de transacción permitida.
La única otra posibilidad que se me ocurre es que los gastos de constitución salgan de mi cuenta bancaria personal. Pero eso parece contrario a la norma que impide al propietario de la IRA capitalizar la LLC.
¿Cuál es el orden correcto de las operaciones para pagar por la formación de una LLC de propiedad total de una IRA autodirigida?
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El dinero de la puesta en marcha también saldría de la cuenta individual. Las transacciones "permitidas" que estás viendo probablemente están orientadas más a tomar el dinero fuera de la LLC (que es donde puedes tener problemas) en lugar de ponerlo en . O implica como parte de uno de los otros tipos de transacciones.
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¿Por qué quiere crear una cuenta IRA autodirigida? ¿Qué quiere hacer que no pueda hacer con una cuenta de corretaje normal?
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@DStanley, el sector inmobiliario y las criptodivisas, para empezar.
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Lo investigué hace algún tiempo: las normas se limitan a asegurar que el dinero de la cuenta individual y los beneficios que se generen permanezcan en la cuenta individual hasta que se pueda disponer de ellos. No hay nada que te impida pagar los gastos de constitución de tu propio bolsillo y reembolsarte (o no) más tarde.
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Estoy seguro de que esto viola un montón de normas sobre el uso de armas y que es muy probable que te metas en problemas. Simplemente invierte en fondos indexados en tu IRA y utiliza otra cuenta para apostar en los mercados de criptomonedas.