Como cuestión de riesgo, ¿aceptaría un banco de consumo típico en EE.UU. un cheque (u otro instrumento negociable) que ha sido endosado a un beneficiario que no figuraba originalmente en el instrumento?
Según tengo entendido, dicho instrumento, si está debidamente endosado, debería ser pagadero, pero en realidad
- ¿Lo aceptaría un banco? ¿Hay alguna advertencia o restricción común? (por ejemplo, sólo puedo presentarlo en el banco en el que está librado el cheque)
- ¿Está obligado un banco a aceptarlo si soy cliente?
- ¿Estaría una persona u organización obligada a aceptarlo si acepta cheques personales?