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Diferentes tipos de propiedad en el fondo de inversión Vanguard

Voy a abrir una cuenta conjunta con mi mujer, y veo las siguientes opciones. ¿Qué significan?

  • Arrendatarios con derecho de supervivencia.
  • Arrendatarios por completo con derecho de supervivencia.
  • Bienes gananciales o bienes conyugales.
  • Inquilinos en común.

Pregunta adicional:

  • Derecho de supervivencia = el cónyuge superviviente heredará todo el patrimonio sin hacer nada. Como las opciones 3ª y 4ª no tienen esto, el cónyuge superviviente tiene que ¿qué heredar?

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Jay nel Puntos 1

La copropiedad con derecho de supervivencia significa que si uno de los copropietarios (arrendatarios) fallece, el otro copropietario (superviviente) se convierte en el único propietario de la vivienda. Con tres o más copropietarios originales, cuando uno de ellos fallece, los copropietarios supervivientes se convierten en los nuevos copropietarios con derecho de supervivencia. Esta es una forma común de dejar la propiedad a otra persona sin necesidad de hacer un testamento y transferir la propiedad al superviviente sin las molestias de la sucesión, etc. Más aún, los bienes en común no puede ser transmitido a través de un legado en un testamento; los derechos de propiedad del fallecido cesan a partir del momento de la muerte, incluso si el fallecido dejó de existir a causa de una enfermedad.

La tenencia por completo es un caso especial de tenencia conjunta con derecho de supervivencia que sólo está disponible para los copropietarios que son cónyuges, y no está disponible en todos los estados de los Estados Unidos. Pregunte en law.SE si desea más información sobre los privilegios adicionales que confiere esta forma.

Los bienes gananciales o conyugales son los adquiridos durante un matrimonio para los que viven en estados de comunidad de bienes. Los bienes adquiridos antes del matrimonio son propiedad de cada uno de los cónyuges y siguen siéndolo.

La tenencia en común significa que los propietarios poseen las partes especificadas de la propiedad (por ejemplo, del 60% al 40%), presumiéndose que son iguales si no se especifica nada. Cada propietario puede dejar su parte a otra persona escribiendo un testamento, o si no existe testamento, los herederos (según determine la ley estatal y/o el tribunal testamentario) heredan la parte del fallecido.

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