Estos contratos siguen los procedimientos estándar de ICE para el cálculo de los precios de liquidación, que pueden encontrarse en la sección 2.4.6 de este documento .
Un resumen de alto nivel del procedimiento es --
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Se determina un vencimiento "ancla". En el caso de los futuros que has descrito, se trata del vencimiento con mayor volumen en el periodo de liquidación (de 14:28 a 14:30 para los futuros de energía).
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El vencimiento del ancla se liquida a su media ponderada durante el periodo de liquidación.
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Los demás contratos se liquidan a uno de los siguientes precios, por orden de preferencia -- (a) su media ponderada por operaciones durante el periodo de liquidación, o si no hay suficientes operaciones (b) un precio determinado aplicando precios de diferencial al vencimiento ancla, o si no hay un precio de diferencial relevante (c) una media de precios cotizados (ofertas y demandas) para el vencimiento relevante, o si no hay suficientes precios cotizados (d) "un precio determinado por la bolsa teniendo en cuenta las ofertas y demandas, los valores de los diferenciales durante la sesión de negociación o proporcionados por los participantes en el mercado, la actividad en otros contratos, grupos de contratos, o en un mercado relacionado, los precios de liquidación del día anterior, otros precios registrados por la bolsa, o cualquier otro factor que se considere relevante. "
Para responder a su pregunta, incluso si no hay volumen o interés abierto en un día determinado, no significa que no haya mercado. Siguen existiendo ofertas de compra y venta, así como actividad de negociación para otros vencimientos y diferenciales temporales, y actividad en mercados relacionados (además de diferenciales asociados, por ejemplo, diferenciales intermercado, spark/dark, etc.) y estos pueden utilizarse para determinar un precio de liquidación.