¿Hay que declarar el préstamo de dinero entre nosotros en nuestros informes fiscales? informes fiscales?
No.
¿Se le cobrarán más impuestos por haberme prestado el dinero?
Sí.
¿Me cobrarán más impuestos por haberle prestado el dinero?
No.
¿Cómo debemos declararlo para minimizar nuestros impuestos?
No puedes.
Lo que se declara en la declaración de la renta es el ingresos . Un préstamo no es un ingreso, por lo que no se declara nada. Sin embargo, cuando devuelves el préstamo, suponiendo que tenga intereses, el prestamista tiene ingresos: los intereses.
Los ingresos por intereses se registran en Anexo B de la declaración de impuestos regular (1040/1040A) (o, en el caso de los no residentes a efectos fiscales, el línea 9 del 1040NR ). Se gravan como ingresos ordinarios y, puesto que ambos son extranjeros, el prestamista debería examinar las disposiciones del tratado que puedan ser pertinentes. Por lo general, no está exento de la renta imponible en virtud de las exenciones del convenio para estudiantes (que sólo se aplica a los ingresos del trabajo), pero puede haber otras normas en el convenio relativas a los ingresos por intereses.
Si no hay intereses (de mercado o superiores), entonces hay intereses "supuestos" en el Tasas exigidas por la Agencia Tributaria que se considera un regalo. Si supera la exención anual de donaciones, el prestamista puede ser responsable de impuesto sobre donaciones (en función de la situación del prestamista y de la suya, y de nuevo - véase los tratados).
El "préstamo" sin obligación de reembolso y sin devolución efectiva también se considerará una donación a efectos fiscales.
Si el prestamista no tiene intención de que le devuelvan el préstamo (es decir, de hacer un regalo), será mejor que le pague la matrícula en lugar de darle el dinero: la matrícula está exenta del impuesto sobre donaciones.
Hable con un CPA/EA licenciado en su estado para que le asesore fiscalmente sobre esta cuestión.