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Pagar impuestos por los ingresos obtenidos en Estados Unidos, pero de una empresa con sede en Noruega

Recientemente he empezado a trabajar para una empresa con sede en Noruega. Ahora mismo soy un "contratista independiente", pero en unos meses me harán trabajar a tiempo completo. Les facturo mis horas el día 1 de cada mes, y me pagan por transferencia internacional directamente a mi banco. Así que, obviamente, tengo que pagar impuestos por esto, pero no estoy del todo seguro de cómo hacerlo. Lo que más me preocupa es que no quiero defraudar al gobierno y que me pongan multas o algo así, ya que eso puede anular fácilmente todo el dinero que he ganado.

¿Sería mejor ir a buscar un especialista en fiscalidad internacional? ¿O es lo suficientemente común como para poder manejarlo yo mismo?

Si sirve de ayuda, soy ciudadano estadounidense, siempre lo he sido (he nacido aquí). No tengo un negocio, ni uso un nombre de "hacer negocios como", facturo usando mi propio nombre, y me pagan a mi cuenta corriente personal.

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davetron5000 Puntos 9622

Si te pagan los extranjeros es muy posible que no declaren nada a Hacienda.

Todos estos ingresos deben ser declarados como ingresos de la empresa en el anexo C. Hay oportunidades en el anexo C para deducir los gastos como su seguro de salud, viajes, llamadas telefónicas, los gastos de capital como un nuevo ordenador, etc ... Se le cobrará la parte de los empleados y los empleadores de la seguridad social / Medicare, alrededor de ~ 17% más o menos, y que se añadirá a su 1040.

Es posible que siga necesitando una licencia comercial local para realizar el trabajo a nivel local, y puede requerir un permiso de negocio a domicilio en algunas ciudades. En algunos lugares, las ciudades se suscriben a los servicios de datos basados en su declaración de impuestos del IRS .... y descubrirán uno o dos años después que alguien está dirigiendo un negocio sin licencia. Esto puede dar lugar a una multa, o tal vez sólo a una bonita carta de la oficina del abogado de la ciudad diciendo que sería un buen momento para obtener las licencias adecuadas.

En general, los tratados fiscales existen para evitar o limitar la doble imposición. Por ejemplo, si viaja a Noruega para dar un informe y le pagan durante ese tiempo, el tratado explicaría si eso es imponible en Noruega. Normalmente puede obtener un crédito por los impuestos pagados a países extranjeros contra sus impuestos en EE.UU., lo que ayuda a evitar el pago de una doble imposición en EE.UU.

Si te vas a vivir a Noruega durante más de un año, los primeros 80.000 dólares anuales, más o menos, se eliminan por completo de tus ingresos en Estados Unidos. Esto NO se aplica si vives en EEUU y te pagan desde Noruega.

Si tiene una cuenta bancaria en el extranjero con más de 10,000ofvalueinitatanytimeduringtheyear,youowetheUSGovernmentaFinCENForm114(FBAR).Thisisprettyimportant,therearesomelargefinesfornotdoingit.ItcouldoccurifyouneededanaccounttogetpaidinNorwayandthensendthemoneyhere...IftheNorwegiancompanywiresthemoneytoyoufromtheiraccountorsendsacheckinUS y no tiene una cuenta bancaria en el extranjero, entonces esto no se aplicaría.

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Stephen Darlington Puntos 33587

No veo por qué necesitarías un "especialista en fiscalidad internacional". Necesitas un especialista en impuestos para que te asesore y te forme sobre tu situación, pero no me parece demasiado complicado. Facturas a tu cliente y te pagan - eres un contratista 1099. Ellos deben emitirte un 1099 al final del año sobre todo lo que te han pagado. Una vez que te conviertes en empleado a tiempo completo - te conviertes en un empleado W2 y obtendrás un W2 al final del año sobre las cantidades pagadas como tal.

Desde su punto de vista, no hay nada internacional aquí, un negocio normal. Tienes que pagar tus propios impuestos sobre los ingresos 1099 (incluyendo los impuestos SE), ellos tienen que retener los impuestos de tus ingresos W2 (incluyendo FICA). Dado que son empleadores extranjeros, es posible que no hagan esta última parte, y tendrás que lidiar con eso en tu declaración de impuestos, cualquier EA/CPA decente será capaz de acomodarte con eso.

Para el empleador hay un problema de fiscalidad internacional. Puede que tengan que registrarse como empresa extranjera en su estado, que tengan que pagar algunos impuestos sobre las nóminas y los impuestos estatales, etc. Puede que no sean conscientes de todo eso. También pueden estar sujetos (o exentos) a los impuestos federales, en función de las disposiciones del tratado.

Pero ese es su problema. Lo único que te preocupa es si te van a emitir un W2 adecuado y hacer todas las retenciones o no cuando llegue el momento.

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