Soy un instructor de artes marciales certificado, y he estado trabajando para abrir un negocio paralelo haciendo seminarios de defensa personal dirigidos a una población principalmente femenina, actualmente con sede en los Estados Unidos.
Para ello, asistí a un seminario de formación/certificación en julio del año pasado (2017), y a una certificación similar a principios de febrero de este año (2018). Tengo como fecha de "apertura" el 1 de abril de este año.
Ahora sé que el kilometraje de ida y vuelta y cosas por el estilo son deducibles, al igual que los gastos de formación para mantenerse al día. Lo que no sé, es si tomé los seminarios con la intención de iniciar este negocio, ¿todavía pueden ser deducidos como gastos de formación? ¿O sólo pueden ser posteriores a la fecha real de apertura del negocio?