Estoy en el proceso de compra de mi socio, por algunas razones que son legítimas. Para empezar diré que estamos en un negocio relacionado con el petróleo. El problema es que él invirtió 140.000 por el 45% hace un año y medio. Las ventas de este año han bajado entre un 35 y un 40%, y quiere recuperar casi toda la inversión, 120.000. Y quiere cualquier responsabilidad por la deuda adquirida durante su asociación. Mi pregunta es si su porcentaje de deuda durante su tiempo como socio se supone que sale de su precio de compra?
Respuestas
¿Demasiados anuncios?Depende de cómo hayas definido tu "asociación". ¿Habéis hecho un contrato? ¿Qué dice? (Si no hiciste un contrato para una inversión de seis dígitos...)
Por defecto, la participación sería proporcional, en todas las ganancias y pérdidas. Si el valor se hubiera duplicado, querría recuperar más, ¿no? Por lo tanto, si el valor disminuyera, querría recuperar menos.
A menos que tenga una declaración escrita que declare que sus riesgos son de algún modo limitados, no tiene ninguna posibilidad de solicitar más que una parte proporcional. Pero seguro que puede arrastrarte por diecisiete tribunales durante los próximos diecisiete años, hasta que esto se decida.
En una venta consensuada, la parte de su pareja es vale lo que alguien paga por él . Lo que, obviamente, implica un "encuentro de mentes" entre el socio y el comprador.
Todo se negocia, y todas las "razones racionales" y la palabrería del mundo no importan: todo es palabrería. Al final, todo se reduce a un número. Si no te gusta la suya, echa otra. Sí, es eso del regateo aburrido. Yo también lo odio.
En una venta forzosa administrada por un tribunal, se basa un poco más en la razón: ambas partes hacen su mejor propuesta sobre cuál debería ser el valor, y el tribunal decide.
Esto se verá afectado por algunas cosas. Como cualquier pacto en los acuerdos de negocios sobre la venta de acciones. Su deseo como socio ya invertido de mantener a un extraño fuera. Etc.