Si una persona se traslada de California a otro estado de EE.UU. y tiene algunas RSU concedidas antes de dejar California, entonces debe algunos impuestos a California ( espejo ):
- Ratio de asignación = (total de días de trabajo en AC entre la concesión y la adquisición) ÷ (total de días de trabajo entre la concesión y la adquisición)
- Renta imponible de la CA = (Total de ingresos de las RSU devengadas) x (Ratio de asignación)
También pueden adeudar impuestos sobre los ESPP, los ISO y los NSO.
Si la misma persona hubiera comprado algunas acciones a través de su cuenta de corretaje antes de salir de California (es decir, antes de que dejara de ser residente fiscal en California), y luego vendiera estas acciones fuera de California (es decir, después de convertirse en residente fiscal de un estado de EE.UU. que no es California), ¿debe algún impuesto a California?
Glosario:
- ESPP: Planes de compra de acciones para empleados
- ISOs: Opciones de compra de acciones con incentivo
- NSOs: Opciones sobre acciones no calificadas
- RSUs: Unidades de acciones restringidas
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No deberás nada a la CA, pero prepárate para que la CA reclame lo contrario e intente embargar de tu cuenta bancaria la cantidad que creen que debes. A mí me ha pasado y conozco a otros ex-residentes de CA que han tenido problemas similares.