Tengo una empresa en la Unión Europea (UE) y vendo servicios electrónicos a todos los países. Como estoy situado en la UE, se aplican las siguientes normas:
- Cuando vendo a un cliente de mi país, tengo que cobrar el impuesto de mi país
- Al vender a un cliente de la UE con una identificación de IVA válida, tengo que escribir "Reverse Charge - VAT exempt under Article 44 Directive 2006/112/ES" en la factura y no cobrar el impuesto del IVA.
- Al vender a un cliente de la UE sin una identificación válida para el IVA, cobro el impuesto de su país.
- Cuando se vende fuera de la UE, no hay impuestos.
Si vendo fuera de la UE, ¿tengo que poner la cláusula "Reverse Charge..." en la factura o no?