El año pasado vendimos nuestro condominio en Chicago. Sea o no de dominio público, los residentes de Illinois pagan los impuestos sobre la propiedad con retraso.
En el momento del cierre, el vendedor paga por adelantado una cantidad prorrateada de impuestos para la factura del año siguiente. Así que, como cerramos en septiembre de 2012, pagamos 9/12 partes de los impuestos de 2012 (que se facturarán en 2013) al comprador en el momento del cierre. Esto también incluyó un aumento del 5 o 10% (práctica habitual).
En realidad es un poco más complicado, ya que la factura de impuestos se paga en dos plazos, y yo ya había pagado el primer plazo.
Tendría sentido que pudiera deducirlo cuando haga la declaración de la renta de 2012. Sin embargo, no puedo encontrar una buena fuente de que esto es de hecho la ley, cómo se informa a la IRS, y cómo documentarlo.
¿Puede alguien indicarme la legislación fiscal o los formularios correspondientes?