La condición de transversalidad puede entenderse más fácilmente si partimos de un problema con horizonte finito.
En la versión estándar, nuestro objetivo es $$ \max_{\{c_t,k_{t+1}\}_{t=0}^T} \sum_{t=0}^T\beta^t u(c_t) $$ con sujeción a $$ \begin{aligned} f(k_t)-c_t-k_{t+1}&\ge0,\quad t=0,\dots,T &&\text{(resource/budget constraint)}\\ c_t,k_{t+1}&\ge0,\quad t=0,\dots,T &&\text{(non-negativity constraint)} \end{aligned} $$ con $k_0$ dado. El lagrangiano asociado (con multiplicadores $\lambda_t$ , $\mu_t$ y $\omega_t$ ) es $$ \max_{\{c_t,k_{t+1},\lambda_t,\mu_t,\omega_t\}_{t=0}^T} \sum_{t=0}^T \beta^tu(c_t)+\lambda_t(f(k_t)-c_t-k_{t+1})+\mu_tc_t+\omega_tk_{t+1} $$ Los BDC son $$ \begin{align} c_t:&& \beta^tu'(c_t)-\lambda_t+\mu_t&=0,\quad t=0,\dots,T \\ k_{t+1}:&& -\lambda_t+\lambda_{t+1}f'(k_{t+1})+\omega_t&=0,\quad t=0,\dots,T-1 \\ k_{T+1}:&& -\lambda_T+\omega_T&=0,\quad T+1 \tag{1} \end{align} $$ con las condiciones de holgura complementarias de Kuhn-Tucker: para $t=0,\dots,T$ , $$ \begin{align} \lambda_t(f(k_t)-c_t-k_{t+1})&=0 & \lambda_t&\ge0 \\ \mu_tc_t&=0 & \mu_t&\ge0\\ \omega_tk_{t+1}&=0&\omega_t&\ge0\tag{2} \end{align} $$ Dado que la restricción de recursos debe ser vinculante en todos los períodos, es decir $\lambda_t>0$ para todos $t$ se deduce que en el último período $T$ , $\omega_T=\lambda_T>0$ que a su vez implica $k_{T+1}=0$ .
Por lo general, asumimos $c_t>0$ para todos $t$ (la condición de Inada), y esto implica $\mu_t=0$ para todos $t$ . Por lo tanto, el consumo FOC se convierte en $$ \beta^tu'(c_t)=\lambda_t \tag{3} $$
Observación de las condiciones $(1)$ $(2)$ y $(3)$ en el último periodo $T$ obtenemos $$\beta^Tu'(c_T)k_{T+1}=0$$ Extendiendo esto al horizonte infinito, obtenemos la condición de transversalidad $$\lim_{T\to\infty}\beta^Tu'(c_T)k_{T+1}=0$$
La intuición de la condición de transversalidad es en parte que "no hay ahorro en el último período". Pero como no hay "último período" en un entorno de horizonte infinito, tomamos el límite a medida que el tiempo llega al infinito.
0 votos
Comprueba en estas respuestas la distinción entre el condición de optimalidad de la transversalidad y el restricción exógena de solvencia , economics.stackexchange.com/a/13681/61 y economics.stackexchange.com/a/11866/61
0 votos
En este post intenté dar una descripción no matemática y en lenguaje sencillo de la intuición que hay detrás de la condición de transversalidad: medium.com/@alexanderdouglas/ Sin embargo, no soy un macroeconomista, así que bien podría haberme equivocado. Si es así, espero que aparezcan pronto algunas respuestas.
0 votos
Esto debería ser un comentario, ya que sólo proporcionas un enlace a un contenido externo. Además, la condición de transversalidad no depende de ningún supuesto sobre la formación de expectativas, ya que es una condición impuesta incluso en los modelos deterministas en los que no hay incertidumbre. Y no está relacionada específicamente con la deuda pública, sino con cualquier activo en general. El punto básico es el siguiente: suponiendo que no hay motivo de legado (no nos importa nuestra descendencia o la sociedad), es subóptimo "dejar atrás" la riqueza no consumida. Eso es todo.
0 votos
CONTD Es bastante sencillo con un horizonte finito y, como es habitual, cuando el horizonte se vuelve "inifinito" se vuelve un poco menos sencillo y evidente.