Si un comprador tiene una preaprobación de un préstamo hipotecario para una propiedad no especificada, en la que se especifica una cantidad prevista de préstamo, una cuota inicial y un precio, ¿qué ocurre si hace una oferta por una casa menos cara (o le aceptan una oferta inferior a la que le preaprobaron)?
¿Cambian las condiciones si el importe del préstamo es muy inferior?
¿Sería ventajoso esperar a una nueva preaprobación con el precio real y los importes del préstamo antes de hacer una oferta?
Parece que lo habría si la cuota inicial sube y cruza un umbral que afectaría al tipo de préstamo. Aunque, ¿el tipo de interés va a ser siempre el mismo si el pago inicial iba a ser ya del 20% como mínimo?
También parece que los pagos mensuales serían diferentes si el monto del préstamo es diferente - ¿eso requiere una nueva pre-aprobación antes de hacer una oferta?