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¿Debo pagar el IVA británico por los servicios digitales prestados a una empresa en Dinamarca?

Mi situación

  • Soy un autónomo con sede en el Reino Unido que ofrece servicios de desarrollo de sitios web.
  • Soy una sociedad limitada y estoy registrada a efectos del IVA.
  • Presto mis servicios en una plataforma en línea con sede en Dinamarca. Esta plataforma está registrada a efectos del IVA.
  • Clientes de todo el mundo publican proyectos en la plataforma.
  • La plataforma cobra a los clientes.
  • La plataforma me paga por transferencia bancaria.

Mi pregunta

Antes de abandonar la UE, cualquier pago recibido de Dinamarca estaba sujeto a la inversión del IVA.

Ahora que el Reino Unido ha abandonado la UE, ¿en qué situación se encuentra el IVA? ¿Debo añadir el IVA a los pagos que recibo de Dinamarca?

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MohdSaif Puntos 91

Tú no importas. La inversión del sujeto pasivo se sigue aplicando, básicamente: Usted presta sus servicios sin deducir el IVA danés (porque calcularía el IVA en el LUGAR DE CONSUMO, a menos que sea REALMENTE pequeño y esté por debajo del límite) y el cliente registrado a efectos del IVA gestiona su IVA localmente por su parte. Lo interesante es que no ha cambiado nada porque siempre habrías cobrado el IVA danés.

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