Considere una situación en la que un inversor posee una acción durante más de un año y vende opciones de compra contra ella que vencen en unos 90 días. Puede suponer que se trata de una opción de compra cubierta cualificada a efectos fiscales.
Al cabo de un tiempo, las llamadas están muy dentro del dinero y el inversor está a punto de recibir la asignación de las llamadas. Si se le asignan las opciones, obtendrá una ganancia de capital a largo plazo de 10.000 euros. Si vuelve a comprar las opciones, tendrá una pérdida de 5.000 euros a corto plazo. Si sólo vende las acciones, tendrá una ganancia de capital a largo plazo de 15.000 euros. Suponiendo que el inversor ya tiene otras ganancias de capital a corto plazo, desde el punto de vista fiscal le conviene recomprar las opciones de compra y vender las acciones.
¿Estoy en lo cierto? También estoy asumiendo que ya que estaba corto de la opción de compra por menos de un año la pérdida en las llamadas se consideraría a corto plazo. ¿Es eso cierto?
Bob
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A menos que su tipo impositivo sea superior al 100%, es mejor ganar dinero y pagar impuestos, que perder dinero y ahorrar impuestos.
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@D Stanley Las llamadas se vendieron fuera del dinero, por lo que la prima inicial era pequeña. Como la acción ha subido, también lo ha hecho el precio de las calls. Por lo tanto, si decido recomprar las llamadas, será con pérdidas.
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Si sólo vende la acción, realizando la ganancia de 15K a largo plazo, tendrá entonces una posición de call desnuda que le someterá a un riesgo alcista significativo.