Abordemos su pregunta de forma canónica. Digamos que:
- la tasa de rendimiento requerida de los inversores (privados) se denota por $r$ .
- el tipo de interés o el coste de la deuda se denomina $r_D$ (naturalmente $r_D < r$ )
- la parte de la deuda en la estructura de capital de la empresa se denota por $X\%$
- el tipo del impuesto de sociedades se denomina $T_c$
De ello se desprende que el coste medio del capital (media de los fondos propios y de la deuda), $r'$ es tal que
$r' = X\% r_D (1-T_c) + (1-X\%) r$
En su caso, $X\% = 100\% = 1$ entonces $r' = r_D(1-T_c)$ .
[...] ¿el coste de la deuda será simplemente igual al tipo de interés? Si no es así, ¿por qué?
No. Debido a $T_c$ el tipo del impuesto de sociedades siendo potencialmente distinto de cero.
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Sí, se lo agradecería.