Tengo una tarjeta VISA de prepago con un 2% de cashback pagado en criptomoneda en cada compra. Me preguntaba cómo se grava esto?
Sin embargo, los cambios en el valor después de la recepción están sujetos a CGT, si no se venden inmediatamente. Si hay alguna posibilidad de superar la asignación anual para eso, tendrían que identificar la base de coste en el momento de la recepción y hacer un seguimiento.
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¿Qué crees que se va a gravar aquí exactamente?