Bueno, veo que ya debes haber hecho algún análisis de tratados, pero no puedo ayudar a menos que empiece desde cero. Repetirá las conclusiones que ya alcanzaron los contadores de tu escuela, pero no siempre puedo orientarme si entro a mitad de camino. Entonces empecemos con el Convenio Tributario entre Estados Unidos y Canadá, tal como fue enmendado.
Artículo XV - Servicios Personales Dependientes. Este artículo cubre los salarios (como tu salario de $4,000 pero no los $5,000 de fondos educativos) y los hace imponibles para el estado del residente a menos que se presten en el otro estado. Así que dejemos la residencia en pausa por ahora, porque tienes un pie en cada campamento. Continúa diciendo que los salarios pagados a un residente de un estado por servicios prestados en el otro estado son imponibles en el primer estado (el estado de residencia y no el estado donde se prestaron los servicios) solo si son menores a $10,000 o si la presencia es menor a 183 días y los salarios fueron sufragados por un residente o un EP del segundo estado. Así que en lugar de adentrarnos en los 183 días y averiguar si cuentan como días de estudiante a tiempo completo, podemos basarnos en los $10,000.
Si eres residente de Canadá pero pagaste por servicios en los Estados Unidos, tus $4,000 generalmente serán imponibles en Canadá. Ahora debemos volver a confirmar tu estatus de residencia.
Artículo IV - Residencia. El tratado (enmendado por Protocolo 3) remite a la ley doméstica para determinar la residencia fiscal. El tratado hace referencia explícita a la prueba de presencia sustancial en IRC § 7701(b)(3). Esa prueba cuenta tu presencia en los EE. UU. durante los últimos tres años pero excluye cualquier día en que fueras una persona exenta en (b)(3)(D)(i). Una persona exenta se define en (b)(5) para incluir a un estudiante, que en (b)(5)(D) se define como un individuo presente en los EE. UU. con visas F, M, J o Q. Te dejo a ti averiguar si estás en una de esas visas. La forma de informar tu exención de presencia sustancial al IRS es con el Formulario 8843, parte III, presentado como un anexo a tu declaración.
Por supuesto, tu escuela ya determinó que eras no residente, por eso te dieron un 1042-S.
Artículo XX - Estudiantes. Las becas y subvenciones pagadas a un estudiante que estudia en un estado pero es residente (o lo fue inmediatamente antes de la visita) en el otro estado no están sujetas a impuestos en el estado de la escuela, pero solo si los pagos se hicieron desde fuera de los estados de la escuela. Tus pagos vienen de tu escuela en EE. UU., así que el Artículo XX no aplica.
Una vez más, por eso tu escuela te emitió un 1042-S, así que todo encaja.
Conclusión Federal Tentativa. Parece que los salarios pueden estar exentos según el Artículo XV y la beca no estará exenta según el Artículo XX. Completa el Formulario 8833 para la reclamación del tratado tributario (como se sugirió anteriormente) y el Formulario 8843 para reclamar tu estatus de estudiante. Incluye tu 1042-S con el 1040-NR. Revisa las Instrucciones del 1040-NR nuevamente si tienes más preguntas.
Dependiendo de los impuestos retenidos en tu W-2 y 1042-S, y utilizando tu exención personal de $3,900, es posible que no debas impuestos adicionales y puedas incluso tener un pequeño reembolso. Si puedes hacer legítimamente alguna deducción detallada en el Anexo A del NR, podría reducir un poco tus impuestos.
Devolución SALT. No sé en qué estado estás y los impuestos estatales tienden a ser un lío. Completa el 1040-NR y haz todo lo necesario, luego haz la declaración estatal y sigue las instrucciones. Las instrucciones de la declaración estatal remitirán a la declaración federal para varios elementos. Si usas un programa de impuestos o un preparador pagado, simplemente revisa la declaración estatal generada.