El año que viene dejaré los Estados Unidos para siempre. Voy a obtener el permiso de navegación con el IRS y presentar los impuestos tan pronto como sea posible. Tendré que presentar el FBAR para 2020 también.
¿Debo presentar el FBAR sólo para una parte del año en que seré residente en los Estados Unidos? ¿Puedo presentarla antes de tiempo para 2020?