En virtud del asesoramiento sobre la constitución de una pequeña empresa que emite acciones restringidas como descrito aquí . El otoño pasado presenté una elección 83(b) ante el IRS a través de un acuse de recibo por correo certificado y por la cual recibí de vuelta la copia con sello de fecha solicitada confirmando su recepción. Incluiré una copia de la elección del 83(b) con sello de fecha en mi presentación de 2014 como respaldo.
Sin embargo, unos cuatro meses más tarde, la Agencia Tributaria respondió por escrito y declaró en parte (el énfasis es mío)
Períodos fiscales: 31 de diciembre, 2013 [...] Hemos revisado la información que nos ha proporcionado y hemos determinado ninguna acción es necesaria en su cuenta . [...]
Esto contrasta con un socio que envió su propia versión de la carta para sí mismo y para quien el IRS respondió en una carta en su mayor parte correspondiente, excepto las partes anteriores que se leen así (el énfasis es mío):
Períodos fiscales: 31 de diciembre, 2014 [...] Tenemos asociada a su elección en virtud del artículo 83(b) del Código de Código de la Renta de 1986 con su cuenta fiscal de 2014 . [...]
Según mi lectura, parece que Hacienda se equivocó en la tramitación de mi carta. Mencionan el año fiscal 2013 en lugar del 2014 y afirman que no se tomó ninguna medida en lugar de asociar mi elección con mi cuenta fiscal del 2014.
Porque su carta también decía:
Si tiene preguntas, puede llamarnos gratis al 1-800-829-8374.
Llamé, pero después de 30 minutos de espera, el representante me dijo que mi consulta iba más allá del alcance de su sistema telefónico y que tenía que poner mi pregunta por escrito. (No sé por qué me sugirieron que llamara en primer lugar).
Por tanto, me pregunto, ¿debo escribirles una carta indicándoles que deberían haber realizado correctamente la acción de asociar mi elección a mi cuenta fiscal de 2014, o debo dejarlo estar ya que yo no he cometido ningún error en este sentido, sólo ellos, y proceder a adjuntar la carta cuando presente la declaración de 2014?