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Deducción por pensión alimenticia relacionada con la Ley de recortes fiscales y empleos de 2017 (TCJA)

Según un resumen de H&R Block ,

Pensión alimenticia deducción para los pagos realizados en virtud de órdenes ejecutadas después del 31 de diciembre de 2018. En el caso de las nuevas órdenes, la TCJA ya no permite a los pagadores deducir los pagos de la pensión alimenticia ni requiere que el beneficiario declare los ingresos por la pensión alimenticia recibida. (Los pagos en virtud de órdenes existentes están protegidos y pueden seguir siendo deducidos por el pagador y deben ser declarados como ingresos por el receptor).

Si se suscribe un convenio regulador antes del 31 de diciembre de 2018, en el que se especifica el pago de la pensión alimenticia, y se dicta una sentencia de divorcio por un tribunal después del 31 de diciembre de 2018, ¿se considera que la pensión alimenticia está protegida de acuerdo con el extracto anterior?

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FiddyOhm Puntos 711

El artículo 11051 del R.H. 1 lee:

SEC. 11051. DEROGACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS.

(a) EN GENERAL - La Parte VII del subcapítulo B se modifica la sección 215 (y el punto relativo a dicha sección en el sección en la tabla de secciones para dicha subparte).

(b) ENMIENDAS DE CONFORMIDAD.- [Se omite]

(c) FECHA DE ENTRADA EN VIGOR. Las modificaciones introducidas por esta sección se aplicarán a

(1) cualquier instrumento de divorcio o separación (como se define en la sección 71(b)(2) del Código de Impuestos Internos de 1986 en vigente antes de la fecha de promulgación de esta Ley) ejecutado después del 31 de diciembre de 2018, y

(2) cualquier instrumento de divorcio o separación (tal como se define) ejecutado en dicha fecha o antes y modificado después de la misma si la modificación establece expresamente que las enmiendas realizadas por esta sección se aplican a dicha modificación.

26 USC 71(b)(2) lee :

(2) Instrumento de divorcio o separación

El término "instrumento de divorcio o separación" significa-

(A) una sentencia de divorcio o de alimentos por separado o un instrumento escrito que se refiera a dicha sentencia,

(B) un acuerdo de separación por escrito, o

(C) un decreto (no descrito en el subpárrafo (A)) que requiera que un cónyuge realice pagos para la manutención o el mantenimiento del otro cónyuge.

Enlazando todo esto, si tu acuerdo de separación que te obliga a pagar la pensión alimenticia se ejecuta antes del 31 de diciembre de 2018, parece que la pensión alimenticia sigue siendo deducible, aunque la sentencia de divorcio se dicte después del 31 de diciembre. También parece que incluso puedes seguir negociando ese acuerdo después del 31 como parte de tu divorcio y, siempre que no apliques explícitamente las modificaciones realizadas por la Sección 11051 a tu acuerdo de separación.

Sin embargo, si estás pasando por un divorcio, espero que tengas un abogado. Sería una gran persona a la que preguntar sobre esta interpretación.

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