En resumen, vivo y trabajo en el extranjero. Durante los últimos años he pasado una de las dos pruebas para poder optar a la exención de la FEI. Durante este tiempo también he estado haciendo algunos trabajos de diseño de páginas web para clientes de Estados Unidos, y he creado un pequeño negocio a tiempo parcial declarando esos ingresos en un Anexo C. He estado canalizando esos ingresos directamente a los préstamos estudiantiles y así ni siquiera salen de Estados Unidos.
Este año me gustaría estudiar la posibilidad de deducir el trabajo en casa, ya que, según todos los indicios, parece que cumplo los requisitos: un espacio dedicado en mi casa, un ordenador que se utiliza exclusivamente para ese trabajo, etc. No puedo encontrar ninguna discusión u orientación que indique que la oficina en casa debe estar en los Estados Unidos. ¿Estoy tentando a la suerte?
Muchas gracias por sus opiniones.