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Si soy beneficiario de una póliza de seguro de vida, ¿puede mi familia hacerme compartirlo?

Mi suegra me nombró como beneficiario en su póliza de seguro de vida. Ella vivió conmigo durante muchos años antes de fallecer. Estamos en el estado de Carolina del Norte. Uno de sus hijos ha decidido que tiene derecho a una parte de su póliza.
Solo estoy preguntándome si él tiene algún derecho sobre ella.

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No puede obligarte, pero puede impugnar a los beneficiarios. Vea esta pregunta: law.stackexchange.com/questions/27920/…

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@PeteB. No estoy diciendo que no se pueda impugnar, pero no hay evidencia real dada en la respuesta a esa pregunta de que se puede. Estoy seguro de que algún abogado siempre encontrará algo para impugnar, si hay suficiente dinero involucrado.

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@TripeHound para que conste, voté positivo tu respuesta antes de escribir mi comentario. Creo que es una respuesta muy buena y creo que es una batalla larga cuesta arriba para impugnarla. Pero es posible.

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kenora Puntos 1

Sólo me pregunto si él tiene algún derecho sobre eso.

Probablemente no, aunque no soy abogado y esto no constituye asesoramiento legal.

En todas las jurisdicciones que he consultado (Reino Unido, Australia, Sudáfrica y, específicamente para esta pregunta, Estados Unidos) los términos principales de una póliza de seguro de vida son esencialmente los mismos: es un contrato entre el titular de la póliza (a menudo también el asegurado) y la compañía de seguros para pagar una suma de dinero al beneficiario1 a la muerte del asegurado. En todos estos lugares, los beneficios pagados nunca son "propiedad" de la persona fallecida y, por lo tanto, no forman parte de su patrimonio2, y por lo tanto tampoco están cubiertos por su testamento (si lo hay) ni por las leyes de sucesión intestada (si no hay testamento).

Dado que los beneficios no forman parte del patrimonio, cualquier ley que pueda existir para impugnar un testamento "injusto" no debería entrar en juego. A menos que existan leyes federales o estatales específicas para esta situación, parece poco probable que el hijo tenga derecho a reclamar los beneficios. Cualquier disputa de este tipo sería entre el hijo y la compañía de seguros: no sería un asunto para el albacea testamentario.


1 A menudo puede haber más de un beneficiario. También se pueden nombrar uno o más beneficiarios contingentes que ocuparán el lugar de los beneficiarios principales si fallecen antes de la persona cuya vida está asegurada.

2 Si no se nombran beneficiarios (o no quedan vivos), entonces (en los lugares que he consultado) los beneficios irán al patrimonio del fallecido y estarán sujetos a cualquier testamento que pudiera haberse hecho.

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El beneficio no suele ser propiedad del difunto, aunque no hay razón por la cual no pueda serlo. Lo importante a tener en cuenta es que si la póliza es propiedad del difunto, aunque haya un beneficiario, los fondos forman parte del patrimonio sujeto a impuestos. Por eso existe una industria de planificación patrimonial dedicada a guiar a los clientes para asegurarse de que sus asuntos estén configurados adecuadamente.

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@Joe Según ¿Están sujetos a impuestos los pagos de seguros de vida? (parte del mismo sitio vinculado en la respuesta) "el dinero que se paga como beneficio por fallecimiento no se considera ingreso gravable, lo que significa que el pago completo detallado en su póliza irá a su cónyuge, hijos u otros beneficiarios designados". Hay situaciones en las que se agrega al patrimonio (si no hay beneficiario), y algunas situaciones en las que puede haber impuestos ("Impuesto sobre transferencias generacionales") si el beneficiario no es un pariente cercano.

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No sé cómo expresarlo de manera más clara, si la póliza es propiedad del fallecido, es parte de su patrimonio imponible (para el impuesto sobre la herencia, nada más), aunque el valor total de la póliza se destine al beneficiario libre de impuestos (no sujeto a impuestos federales o estatales).

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