Descargo de responsabilidad: yo no soy un abogado, asesor financiero, ni en los estados unidos. Esto no es legal/asesoría financiera.
Usted puede estar fuera de suerte. A partir de Extranjeros Exclusión de Ingresos Ganados en el IRS sitio, y, específicamente, ¿tengo derecho a Reclamar la Exclusión o Deducción?, la clave de las condiciones que parecen aplicables a su situación1 son:
- No debe ser empleado por el gobierno de los EE.UU.;
- Su "impuesto a casa" debe estar en un "país extranjero";
- Usted debe estar físicamente presente en uno o más países extranjeros para 330 días completos en un período de 12 meses.
No indica si (1) se aplica (mi conjetura es que no están tan ocupados), y parece claro que (3) es ACEPTAR. Sin embargo, si nos fijamos específicamente en la descripción de lo que constituye un "impuesto a casa" en el Impuesto a Casa en País Extranjero, la condición (2) parece ser su mayor obstáculo. Un ejemplo de lo que se podría calificar para FEIE es:
Durante varios años, era un ejecutivo de marketing con un productor de máquinas-herramientas en Toledo, Ohio. En noviembre del pasado año su empleador trasladado a Londres, Inglaterra, para un mínimo de 18 meses para configurar una operación de ventas para Europa. Antes de la izquierda, se distribuyen las tarjetas de visita que muestra su negocio y la dirección de la casa en Londres. Mantuvo la propiedad de su casa en Toledo, pero se las alquiló a otra familia. Usted coloca su coche en el almacenamiento. En noviembre del año pasado, usted se mudó de su cónyuge, los hijos, los muebles, y las mascotas de la familia a una casa de su empleador alquiler para usted en Londres.
es decir, una escala completa de reubicación por un período prolongado.
Además, en la diferencia entre lo temporal o indefinida de la asignación, que dice (el énfasis es mío):
La ubicación de su domicilio tributario a menudo depende de si su asignación es temporal o de duración indefinida. Si usted se encuentra temporalmente ausente de su domicilio tributario en los Estados unidos en viaje de negocios, usted puede ser capaz de deducir su fuera de casa (gastos de viaje, comidas y alojamiento) , pero usted no califica para la exclusión de ingresos ganados en el extranjero. [...]
Si usted espera que su empleo fuera de casa en un solo lugar a la última, y no la última, por 1 año o menos, es temporal , a menos que los hechos y las circunstancias indican lo contrario. Si usted espera que dure más de 1 año, es de carácter indefinido.
Tomados en conjunto, a mi inexperto mente sospecho que usted puede tener problemas argumentando que su domicilio tributario ha cambiado, y/o que ha cambiado de forma permanente lo suficiente como para ser capaz de calificar para FEIE. Incluso si usted puede venir para arriba con algunos de los "hechos y circunstancias que indiquen lo contrario", el total de su tiempo fuera es sólo va a ser de 12 meses en total, por lo que parece ser clasificado como temporal y por lo tanto no califican.
Como se discute en los comentarios, al final de la cubierta de por qué yo creo que usted no califica para FEIE es que parece muy poco probable que usted va a establecer un "impuesto sobre el hogar" en cualquiera de los 12 países que va a visitar, si usted sólo va a ser en un país cualquiera para un mes (pero eso no significa que usted no tendrá un impuesto de responsabilidad en esos países). Si usted nunca establecer un "impuesto sobre el hogar" en otros lugares durante sus 12 meses de viaje, la lógica dicta que permanece donde actualmente es – es decir, el NOSOTROS – excluyendo por tanto de ser capaz de reclamar FEIE.
1 Hay algunas maneras alternativas de la clasificación, pero los que no los aplican a su situación.