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¿Existe algún límite al precio, por encima del cierre del mercado anterior, al que NO se ejecutará una orden de mercado en la apertura del mercado?

Un hipotético operador colocó, después del cierre, una orden de "mercado" para comprar un pequeño número de acciones de un determinado ETF. Este ETF en particular suele ver cientos de operaciones al día.

El precio al cierre del mercado anterior era, por ejemplo, de 113,50. La orden de mercado del operador hipotético se ejecutó a 114,98 en la apertura del mercado (estableciendo un nuevo máximo de 52 semanas). La siguiente operación, siete minutos más tarde, volvió a 113,53 (y el mercado continuó a partir de ahí, cotizando en una banda estrecha de un par de céntimos en cualquier dirección durante los siguientes días, como es habitual).

OK, así que el comerciante hipotético claramente no debería haber introducido una orden después del cierre para el precio de mercado. Pero:

  • ¿No pone la bolsa, o cualquier otra persona, algún tipo de control de límite superior en este tipo de transacciones? ¿Qué pasaría si la contraparte de esta operación hubiera introducido una demanda no de 114,98 sino de 500,00?

  • Dado que se trataba de una operación claramente anómala, los datos de la operación parecen haber sido eliminados posteriormente de la mayoría o de todos los servicios de información de datos, de modo que 114,98 ya no aparece como el máximo de 52 semanas en ningún sitio (ni en el sitio de la bolsa, ni en el del emisor, ni en los sitios web financieros habituales). Han tenido que pasar unas 24 horas para que este valor desaparezca como máximo de las 52 semanas. ¿Quién, y en qué momento, y bajo qué autoridad, decide unilateralmente (¿y arbitrariamente?) que el precio al que se ejecutó una determinada operación va a ser eliminado / no se va a informar públicamente?

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Lilian Puntos 1

No tengo suficientes datos para comprobarlo, pero cuando los datos del mercado se actualizan para un instrumento, lo normal es que se haya informado mal de una operación. Los operadores y los sistemas de negociación no son perfectos y parece probable que el precio se haya comunicado erróneamente (probablemente por un operador que introdujo los datos) y que el back office haya detectado este error 24 horas más tarde en el momento de la liquidación, desde el nivel de conciliación del corredor o del administrador del fondo, y que se haya transmitido un reajuste a la bolsa y al corredor de origen, reduciendo el precio negociado. El operador y cualquier cliente del lado de la compra deberían ver un reajuste del precio de su operación y se les reembolsará o cobrará la diferencia de precio. Los errores de este tipo son más comunes en las órdenes introducidas fuera del horario de negociación. Hay otras razones por las que esto puede ocurrir, como que la operación se cancele o se rechace después de que vaya a liquidarse, pero el error anterior es, con mucho, la razón más común. Por lo general, son las conciliaciones de back office posteriores a la negociación las que provocan este tipo de cambios y deben ser acordadas por todas las partes, a menos que se detecte un fraude u otro tipo de abuso del mercado.

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