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Retención indebida del FICA al estudiante: Obtener un reembolso

Un amigo mío en EE.UU. trabaja para un empleador que, creemos, retuvo indebidamente el FICA (debería haber estado exento: es un estudiante de la misma universidad en la que trabaja) debido a un error administrativo.

Creemos que el FICA será devuelto, pero, ¿se podría solicitar el pago de intereses además de la suma original porque fue un error por su parte? Si es así, ¿cómo se calcularía el tipo de interés?

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Joe, un estudiante sólo está exento de pagar los impuestos FICA si está empleado por una universidad, donde este estudiante está matriculado y asiste a clases de forma regular. Si este no es el caso de tu amigo, entonces sí que tiene que pagar el FICA.

De lo contrario, acaba de responder a su propia pregunta: "¿cómo se calcularía el tipo de interés? ¿Tendría que determinar el capital mensual (FICA cobrado) y los tipos de interés aplicables para ese mes? ¿Deberían calcularse de forma semanal o quincenal? En cualquier caso, no es un error por parte de Hacienda, sino de la universidad de tu amigo, y me costaría saber que se plantearían pagar a tu amigo algún interés...

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