Me preguntaba cuáles son las repercusiones de la supresión de los índices de referencia de los tipos de interés (LIBOR/EURIBOR) en el ámbito de los consultores. ¿Saben si hay artículos/debates que ofrezcan un cuadro de análisis de los posibles impactos (descuento, fijación de precios de swaps/opciones, series temporales de VaR, ...)? Gracias de antemano
Supongo que el SOFR se utilizará para descontar las transacciones colateralizadas. ¿Y qué pasa con las operaciones descontadas al Libor (como aproximación al coste de financiación del propio banco)?