Cuando se enfrenta a este escenario, tiene algunas opciones.
- Solicite a la empresa que cometió el error que lo corrija.
- Solicitar a la entidad que cobra la comisión por descubierto que reduzca o elimine el cargo.
- pague usted mismo.
En última instancia, si no consigues que los dos primeros cubran las tasas, no te queda más remedio que cubrirlas tú mismo.
La mayor influencia la tienes cuando puedes amenazar con terminar la relación comercial. En el caso de la empresa que ha causado el problema, la influencia puede estar en otro de sus clientes. Si hay otra persona implicada en esta transacción, puede que tenga que ejercer presión sobre su institución financiera para que resuelva el problema.
Si ya ha comunicado a su cooperativa de crédito que se va a marchar, es posible que haya perdido la ventaja.
El tema de alejarse no debería ser un problema. Dependiendo de los papeles que hayas firmado, pueden decidir ir a por ti o no. Tu enfado con una de las entidades financieras no debería significar que te alejes de tus deudas.
Este es el texto del documento de divulgación de mi cooperativa de crédito.
Recaudación y derecho de compensación
La Cooperativa de Crédito tiene derecho a solicitar el cobro de cualquier cantidad adeudada bajo este acuerdo o cualquier otro acuerdo que tenga con la cooperativa de crédito, incluidas las comisiones, los cargos y los sobregiros pagados. Usted autoriza a la Cooperativa de Crédito a compensar de cualquier otra cuenta que tenga en la Cooperativa de Crédito (excepto Jubilación de jubilación) para pagar ciertas deudas u otros cargos que usted deba a nosotros. Usted acepta pagar los costos de cobranza, incluyendo los costos judiciales y los honorarios razonables de los abogados.
Cuentas sobregiradas
El propietario y copropietario (si lo hay) aceptan ser responsables solidariamente de los saldos negativos de cualquier cuenta en la que uno o ambos propietarios tengan propietarios, incluidos los descubiertos, independientemente de la causa causa, y se comprometen a depositar inmediatamente los fondos suficientes para cubrir el importe negativo del descubierto. El propietario y el copropietario (si lo hay) aceptan que la Cooperativa de Crédito tiene derecho a transferir fondos de cualquier cuenta (excepto las cuentas de jubilación de Jubilación), en las que cualquiera de los dos tenga un interés de propiedad, para corregir un para corregir un importe negativo o sobregirado en cualquier cuenta en la que aparezca el nombre de cualquiera de ellos. nombre. El titular y el cotitular aceptan reembolsar a la Cooperativa de Crédito todos los costos de cobranza, incluidos los costos judiciales y los costos razonables de honorarios de los abogados.
Embargo legal
Usted reconoce y se compromete con la Cooperativa un gravamen legal sobre mis/nuestras acciones y dividendos depositados en todas cuentas conjuntas e individuales y cualquier dinero que se tenga ahora y en el en el futuro, por el importe de cualquier préstamo concedido y de cualquier gasto que deba pagarse. El El derecho de retención legal no se aplica a las acciones de cualquier IRA.
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