Me pregunto si merece la pena (cómo ¿es posible hacerlo legalmente?
Que merezca la pena o no depende de usted. No hay nada ilegal en ello, a menos, claro está, que haya un problema legal en el país extranjero. A EE.UU. no le importa.
En cuanto a los impuestos, es un poco más complicado.
Si su prestamista no le facilita el formulario 1098, tendrá que indicar el nombre, la dirección y el NIF/NIE del prestamista en su declaración de la renta para poder solicitar una deducción.
En ese caso, Hacienda espera que el prestamista declare esos intereses como ingresos. Se trata de ingresos procedentes de EE.UU. y tributan en ese país a pesar de que el prestamista no sea residente. Véase aquí para más información. Si el prestamista no declara los ingresos y no paga los impuestos - su deducción puede ser negada también por doble inmersión.
Es más fácil si se trata de una inversión. Entonces la deducción no va al Anexo A, sino como un gasto al Anexo E. El IRS todavía puede requerir la conciliación, pero usted no tendrá que reportar el SSN/ITIN - sólo tener el gasto debidamente documentado.
Obviamente, lo mejor cuando se trata de cuestiones legales, es hablar con un abogado licenciado en el Estado en cuestión. Del mismo modo, en cuestiones fiscales, debe hablar con un asesor fiscal autorizado en el Estado en cuestión. Yo no soy ni lo uno ni lo otro.
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¿Sería este un hipoteca que estaría en manos de una empresa extranjera sin presencia en EE.UU. en su propiedad en EE.UU. y usted estaría haciendo pagos mensuales a la empresa, o un préstamo sin intereses de un tío (también sin presencia en EE.UU.) cuyo préstamo posiblemente nunca sería devuelto?
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@DilipSarwate gracias por la respuesta. Por favor, vea mi edición :)
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Entonces... ¿Cuál es la pregunta?
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@littleadv :D He editado la pregunta