Imagínese que tengo un asistente personal, es decir, un empleado o contratista independiente que me ayuda con mis tareas personales, por ejemplo, reservar viajes personales, hacer recados personales, comprar productos y servicios personales, etc.
¿Podría deducir (de mi renta personal imponible) el salario que le pago?
Vivo en Estados Unidos, en Connecticut. Soy autónomo, trabajo en una aplicación, pero no gano dinero haciéndolo y no me pago a mí mismo. Gano dinero con mi patrimonio personal. Es decir, gano dividendos, ganancias de capital (por la venta de acciones, bonos, criptodivisas, etc.) e intereses (de cuentas de ahorro y préstamos).