He adquirido (a través de una herencia) algunas participaciones de fondos de acumulación ("ACC") fuera de una envoltura SIPP o ISA. Me gustaría convertirlas en participaciones de rendimiento ("INC") en el mismo fondo. Ahora hay importantes ganancias de capital en esas participaciones, ya que la herencia "reajusta" el valor contable, por lo que la simple venta de las participaciones ACC para recomprar participaciones INC del mismo fondo me haría pagar algunos impuestos (que obviamente preferiría minimizar).
Sin embargo, tengo entendido que, en virtud de las normas del impuesto sobre las plusvalías de la "sección 104", "bed and breakfasting" y "matching" (véase aquí o aquí ), si vuelvo a comprar participaciones del mismo fondo en la "misma clase" en un plazo de 30 días, cualquier ganancia (o pérdida debida) sólo se calcula en relación con el precio de venta, y el coste contable no se ve afectado.
Mi pregunta es: ¿las participaciones "ACC" e "INC" en el mismo fondo (y en la misma "clase A"/"clase D"/"clase R") cuentan como si estuvieran en la "misma clase" en lo que respecta a HMRC? Por lo tanto, si vendiera las participaciones ACC y reinvirtiera inmediatamente (al día siguiente) todos los ingresos en participaciones INC, ¿se produciría algún tipo de responsabilidad en materia de CGT o simplemente tendría ahora una participación en participaciones INC con el mismo valor contable original que tenían las participaciones ACC?