Mi cónyuge está actualmente en paro y me gustaría seguir haciendo aportaciones a su cuenta IRA con mis ingresos. Entiendo que estas aportaciones "conyugales" son una forma bastante habitual de invertir en la jubilación.
No tengo tan claro cuáles son las restricciones para la obtención de estas contribuciones. Preferiría simplemente transferir una cantidad adicional de dinero X a la cuenta corriente de mi mujer cada mes, y ella haría el depósito en su cuenta IRA desde allí. ¿Infringiría esto alguna condición de que la aportación tenga que venir directamente de mi parte ( Por ejemplo (de mi cuenta corriente)?
Parece extraño que Hacienda se preocupe por este tipo de distinciones, pero prefiero no entrar en un tecnicismo.