No sé cómo le has planteado la pregunta a tu abogado, pero hay un paso adelante en la base cuando uno de los cónyuges fallece.
Desde CUANDO LOS ACTIVOS OBTIENEN UN INCREMENTO DE LA MITAD DE SU COSTE
Sin embargo, ¿qué ocurre con los bienes de propiedad conjunta con derecho de cuando uno de los cónyuges fallece? ¿Sabía que en este ¿Sabía que, en este caso, es posible que los bienes reciban un incremento de ½ base? La fórmula es la siguiente:
(Valor de mercado en la fecha de fallecimiento + Base antigua) / 2 = Base nueva
Cuando declaré los impuestos de mi suegra después de la venta de su casa, a pesar de que la "ganancia" superaba ampliamente los 250.000 dólares, no hubo que pagar impuestos, ya que aumenté la base a la mitad basándome en el reciente fallecimiento de mi suegro.
Con el debido respeto a los abogados, su campo es tan amplio que, al igual que los médicos, no pueden ser expertos en todo, de ahí las áreas de especialización. Hay un grave problema cuando un abogado da consejos fuera de su especialidad.
Le sugiero encarecidamente que siga buscando en el tema hasta que reúna suficientes resultados que confirmen mi respuesta. He publicado el que ofrecía un ejemplo claro, pero este es un problema común.
Tenga en cuenta que es el primer fallecimiento el que ofrece el incremento de la base, tal vez la forma en que ha formulado la pregunta con "fecha alternativa" haya confundido la cuestión.
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En un comentario a una respuesta que ha sido borrada dices "Sé que se puede elegir una fecha diferente si se reduce la carga del impuesto sobre el patrimonio" ¿has comprobado la fuente, que probablemente sea un documento del IRS.
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Voto por cerrar esta pregunta como off-topic porque es esencialmente incontestable sin información detallada sobre lo que dice el fideicomiso revocable e incluso si se proporcionara esta información, será más una cuestión de derecho fiduciario que podría se puede preguntar en law.SE pero sería mejor que se lo preguntaran a un abogado. Los fideicomisos revocables generalmente se convierten en irrevocables a la muerte del otorgante y cualquier propiedad que se mantenga en el fideicomiso pasa en el exterior la herencia a quienquiera que sean los beneficiarios. Así que
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.... el ejecutor de la propiedad no tiene nada que ver con la elección de fechas alternativas para la valoración con el fin de maximizar la exención del impuesto sobre el patrimonio restante, etc.
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Una rápida búsqueda en Google ha dado como resultado el artículo 2032 del Código del IRS, que permite a las herencias elegir una fecha de valoración alternativa si el valor de los activos en posesión de la herencia disminuye después de la fecha de fallecimiento. Tal vez existan también otras excepciones. Consulte a un abogado fiscalista.