El HMRC tiene un sitio de autoayuda/aprendizaje dedicado que es útil aquí:
Es importante informar a HMRC de que se es autónomo tan pronto como posible.
Si no lo hace, puede tener que pagar una multa.
No querrá pagar más de lo necesario a Hacienda, ya que es una pérdida de dinero. de su dinero.
Tu negocio ha comenzado cuando empiezas a anunciarte o tienes un cliente que compre sus productos o servicios.
Es en este momento cuando su empresa "cotiza". No puede registrarse antes de empezar a operar.
Por ejemplo, si usted anuncia su negocio en el periódico local el 15 de enero pero no consigue su primer cliente hasta el 29 de marzo; en este En este caso, el negocio lleva funcionando desde el 15 de enero.
Debe informar a HMRC en los seis meses siguientes al final del año fiscal en en el que se inicia la actividad por cuenta propia.
Por lo tanto, debe inscribirse antes del 5 de octubre.
Pero lo mejor es que te registres mucho antes para que no se te olvide hacerlo.
El HMRC también tiene un canal de YouTube con vídeos de ayuda, y "¿Comercio o no?" puede ser de especial interés para usted.
La mayor parte del registro se basa en el concepto de empezar a trabajar con la intención de obtener un beneficio . Según la letra de la ley y la normativa, debe darse de alta en los seis meses siguientes al final del ejercicio fiscal iniciado para evitar cualquier posible sanción.
Sin embargo, tenga en cuenta que la situación es diferente según su intento . Si empiezas a hacer/poner vídeos en línea como un pasatiempo con la esperanza de ganar algo que te ayude a sufragar los gastos básicos que conlleva, y la cantidad total que ganas es relativamente pequeña (digamos, menos de 500 libras), no serás clasificado como "comercio" y probablemente no tendrás que registrarte en HMRC.
En cuanto empiece a recibir pagos regulares, tal vez un único pago de una cuantía importante, o varios pagos por un servicio/artículo similar, es mucho más probable que tenga que registrarse.
Por lo que he leído, es probable que puedas empezar a publicar vídeos sin registrarte, pero si empiezas a dedicar una gran parte de tu tiempo durante un periodo prolongado (varios meses) y/o empiezas a recibir pagos de una cuantía considerable, entonces es probable que debas registrarte en los servicios correspondientes (HMRC, etc.).
Como ocurre tanto en EE.UU. como en el Reino Unido, el simple registro es bastante barato y los costes de los escasos o nulos ingresos suelen ser bastante menores.
También hay que tener en cuenta que las regulaciones de comercio y autoempleo de HMRC son inusuales en comparación con muchas leyes/instituciones de Estados Unidos, en el sentido de que se permite explícitamente comenzar a hacer algo y sólo registrarse más tarde. Así que si empiezas a hacer vídeos durante todo un año fiscal + 5 meses y no haces nada significativo, aparentemente estarías bien si nunca te registras.