Alguien que conozco utilizó recientemente el "servicio de cambio de cuenta corriente" del Reino Unido. Basta con decir que no fue como se supone. La antigua cuenta bancaria se cerró sin recoger los débitos directos y los beneficiarios para aplicarlos a la nueva cuenta. También dudo que el "reenvío" de los pagos a la antigua cuenta probablemente no encuentre su camino a la nueva.
Al margen de las particularidades de este caso, ¿quién garantiza qué en este proceso? He buscado mucho en Internet y no consigo saber a quién dirigirme en este caso. Supongo que la FCA fue la que elaboró la normativa, por lo que, por extensión, el Defensor del Pueblo es probablemente el árbitro. No sé quién ha metido la pata, y no sé a quién dirigirme antes que al Defensor del Pueblo.
Soy consciente de que la garantía se supone que asegura que las cuentas que cambian no perderán dinero (ni en la transferencia, ni a través del pago de intereses). Sin embargo, ¿qué otros "modos de fallo" están garantizados o representados de otro modo en el servicio?
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Deberían haber recibido cartas del antiguo y/o del nuevo banco explicando qué hacer si hay algún problema.