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¿Cuándo debe un empresario enviar los documentos fiscales finales de la nómina (T4) de una persona fallecida en Canadá?

Mi mujer falleció en abril de 2011 y yo soy el administrador de su herencia.

Trabajó hasta el día de su muerte. He tenido que presentar la declaración de la renta de 2010 y tendré que volver a hacerlo para 2011. El procedimiento se describe en http://www.cra-arc.gc.ca/E/pub/tg/t4011/README.html al menos para la declaración de la renta final. Al haber fallecido entre el 1 de enero y el 31 de octubre, su declaración de la renta final debe presentarse el 30 de abril de 2012, como la mayoría de las personas en Canadá.

Mi pregunta es simplemente esta. ¿Cuándo debe su empleador enviarme su T4 - Declaración de remuneraciones pagadas? ¿Estoy en lo cierto al suponer que debe presentarse ante el gobierno, y enviárseme, a más tardar a finales de febrero de 2012?

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Jarrod Dixon Puntos 9201

Lamento su pérdida. Tal vez desee recurrir a los servicios de un profesional. La presentación de la declaración final de una persona fallecida puede no ser sencilla si el patrimonio es complejo. No obstante, si se siente cómodo aprendiendo lo que hay que hacer, no es ninguna ciencia espacial, y ya ha descubierto que la Agencia Tributaria de Canadá (CRA) ofrece algunas orientaciones. Puede llamarles si le surgen preguntas durante el proceso.

Para responder a su pregunta concreta:

Sí, tienes razón en que la empresa está obligada, por ley, a enviar el resguardo T4 del trabajador a más tardar el último día de febrero del año siguiente, o el siguiente día hábil si el último día de febrero cae en fin de semana.

Sin embargo, en un caso como éste, los beneficios pueden conocerse normalmente antes del cierre del ejercicio, y es posible obtener una T4 expedida con antelación . De hecho, la CRA tiene una guía para los empresarios, Presentación de la ficha y el resumen de la T4 (PDF) que sugiere, en la página 18:

Si un empleado se marcha, le sugerimos que calcule los ganancias del año hasta la fecha y entregar al empleado un comprobante T4. Guarde en nuestra copia [de la CRA] del resguardo e inclúyalo con su Resumen T4 cuando cuando lo presente el último día de febrero del año siguiente o antes.

Por lo tanto, está permitido y es factible que el empleador de su esposa emita su T4 final antes de tiempo. Si te pones en contacto con el departamento de recursos humanos de tu mujer para solicitarlo, espero que sean comprensivos y te ayuden, teniendo en cuenta la situación.

Un consejo más relacionado, si no lo has hecho ya: Asegúrese de que la empresa (o sus planes de seguro) haya pagado todos los ingresos o beneficios que se deban a la herencia de su esposa, como la paga regular del último período de pago trabajado, la participación trimestral en los beneficios (si procede), las vacaciones acumuladas pero no tomadas (normalmente hay algunas), los gastos de empleo aún no reembolsados (compruebe los extractos de su tarjeta de crédito, si normalmente incurría en gastos de trabajo), etc.

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