Parece que el recurso para decidir estos es aquí
En cuanto a las comidas, la ley me parece un poco vaga.
Puede excluir del salario de un empleado el valor de las comidas que le proporciona salario del empleado si cumple los siguientes requisitos.
- Se amueblan en los locales de su empresa.
- Están amuebladas para su comodidad.
Esta exclusión no se aplica si permite que su empleado recibir una paga adicional en lugar de comidas.
Si el objetivo de que Google proporcione comidas es beneficiar a Google, ya que las personas no abandonarán el Googleplex para comer en otro lugar, lo que aumentará la productividad de Google, entonces esto está cubierto como gasto empresarial. (Incluso si no lo fuera, Google tendría que notificarle que le está proporcionando un beneficio no compensable, es decir, una compensación, entregándole un 1099 a final de año).
En cuanto a las demás prestaciones, la única manera de que no sean imponibles es que se aplique una de las dos condiciones.
- El trabajador se ve obligado a vivir en las instalaciones para poder desempeñar sus funciones. Quizás un mayordomo. ¿Quizá vive en un centro de investigación alejado de la civilización? Son los dos únicos que se me ocurren Obviamente, el empleado no necesitaría una tarjeta de crédito en este caso.
- El trabajo del empleado consiste en un 100% de tiempo de desplazamiento.