Dado que la modelización deja total libertad, podemos suponer que tanto el riesgo de mercado como el de crédito pueden entrar en escena. Sin embargo, el requisito mínimo es la simulación de (migraciones y) impagos, ¿cómo se configura esto como riesgo de mercado "puro" (especialmente en el último caso del IDRC), como afirman varias personas?
¿Por qué el CVA estaría más relacionado con el crédito que el IRC? Al fin y al cabo, el CVA tiene que ver con los precios y el IRC con las exposiciones y los impagos (sí, por supuesto que esto es incorrecto, pero hagamos de abogado del diablo), aunque ambos son motivado por movimientos adversos del mercado. (Al menos Brigo los denomina riesgos de crédito.) ¿Se debe simplemente a la simulación de los diferenciales? ¿O porque estamos Parcheando una medida de riesgo de mercado? ¿O hay alguna razón más sólida? ¿Y por qué el IRC no es simplemente un VaR de crédito mejorado con liquidez?
Me han dado respuestas muy extrañas y contradictorias, y no expondré aquí mi forma de entender la cuestión para no introducir más confusión y esperando escuchar una definición clara de los dos riesgos. Lo cual no es tan fácil dada la difusa frontera.
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No estoy muy familiarizado con la normativa bancaria: ¿podría explicarme algunas de las siglas? Gracias.
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Cargo por riesgo incremental (de impago) (ahora transformado de nuevo en DRC, creo) y ajuste de valoración del crédito.