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Gastos de la suegra que vive con nosotros

Mi suegra vendrá pronto desde su país de origen. No va a venir a través de las naciones unidas, simplemente va a estar aquí con un visado de Estados Unidos - basado en un proceso que mi esposa presentó para traerla aquí. Es una visa de inmigrante basada en que su hija (mi esposa) llenó el formulario I-130 (petición de familiar extranjero).

Desde mi punto de vista fiscal, ya que ella comerá/beberá, vivirá con nosotros y utilizará nuestros servicios públicos. Esto significa que soy responsable de ella. ¿Debo esperar a introducir esta información en mis impuestos (puedo) o simplemente debo actualizar el número de personas que reclamo en mi nómina?

Ya estoy declarando a mi mujer y a mis hijos y me preguntaba si tiene sentido aumentar en uno más o si puede haber alguna ventaja fiscal para mí.

Mi suegra tiene el siguiente tipo de visado: IR5 - PADRE DE CIUDADANO ESTADOUNIDENSE

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Tenga en cuenta que puede reclamar todo lo que quiere en su cheque de pago (W-4). La preocupación es lo que realmente puede reclamar cuando archivo . Si retiene demasiados impuestos, podría estar sujeto a sanciones en el momento de la declaración.

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¿Sabes qué tipo de visado tendrá? Me gustaría investigar más y ampliar mi respuesta si es posible.

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@MichaelC. - Es una visa de inmigrante basada en que su hija (mi esposa) llenó el formulario I-130 (petición de familiar extranjero): uscis.gov/i-130

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Nick Puntos 1

Hay muchos "si" con respecto a reclamar a alguien como dependiente. TurboTax tiene un desglose bastante bueno aquí .

Sin embargo, la mayor calificación es:

La persona debe ser un ciudadano estadounidense, un nacional estadounidense, un residente de EE, o residente en Canadá o México.

Por lo tanto, como resultado no puede reclamar a su madre como dependiente hasta que cumpla con ese requisito.

En cuanto a retener más en las nóminas, es algo que depende de ti. Un individuo puede reclamar cualquier número que quieren en el W-4. Sin embargo, cuando haces tus impuestos y has declarado demasiado, es cuando tienes que pagar impuestos.

Actualización: Después de investigar, parece que el formulario I-130 se utiliza sólo para establecer la relación entre el ciudadano estadounidense y el familiar extranjero. NO permite la entrada ni la residencia en los Estados Unidos. Sin embargo, después de que el formulario I-130 sea aprobado, se puede iniciar el proceso de inmigración por solicitar un visado . Parece que a su suegra ya le han aprobado el visado. En el formulario de visado de inmigrante, puede optar por recibir un número de la Seguridad Social, que necesitará (o un ITIN) cuando la reclame como dependiente.

En resumen, una vez que llegue a EE.UU., puede declararla en sus impuestos como dependiente siempre que cumpla los demás requisitos (véase el enlace anterior).

También podría consultar a un contador público o a un abogado de inmigración para obtener un asesoramiento más creíble.

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Parece que tendré que pagar la factura de prácticamente todo. Gracias a Dios que soy una bolsa de dinero - ¡NO!

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Por eso he preguntado sobre qué visado. Porque si su visado la establece como residente en Estados Unidos, entonces podría ser reclamada. Hay muchos "si" con el código de impuestos. Investigaré más y te informaré, pero no estaría de más consultar con un contador público. Mientras tanto, aquí hay algo que puede ayudar: bankrate.com/finance/taxes/

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Ok si no has visto he editado mi pregunta. Ella vendría aquí a través de mi esposa presentando el formulario I-130 (petición de familiar extranjero).

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FerranB Puntos 647

Cuando su suegra entre en EE.UU. con un visado de inmigrante, se convertirá inmediatamente en residente permanente de EE.UU., y pasará inmediatamente la prueba de la tarjeta verde para ser un extranjero residente de EE.UU. a efectos fiscales. (Aunque las reglas del primer año de residencia pueden aplicarse para hacerla residente sólo durante la parte del año posterior a su llegada. Pero si está casada, puede optar por presentar una declaración conjunta y ella y su cónyuge serán tratados como residentes durante todo el año).

En cuanto a si puede reclamarla como dependiente, eso también depende de otros factores, como si sus ingresos ese año son inferiores a 4.000 dólares, y si usted aportó más de la mitad de su manutención ese año.

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@CactusCake - Pero creo que durante el proceso de obtener su visa estos fueron de hecho los formularios que ya llené. Lo único que me falta por hacer es conseguirle un SSN... ¿no?

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@JonH mi error, vine con otra clase de visado y tuve una experiencia diferente. Si tu suegra pasó por el "Proceso Consular" entonces sí se convertirá en Residente Permanente tan pronto como el funcionario de la CBP conceda la entrada, la tarjeta verde debería llegar por correo unas semanas después.

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