Un colega y yo estamos debatiendo cómo fijar el precio de un swap de electricidad. Teniendo en cuenta que los futuros de electricidad se entregan en un período de tiempo en lugar de en un punto en el tiempo, sostengo que el valor de un swap es simplemente la diferencia entre el precio de los futuros para un mes dado (la pata flotante) y algún precio fijo (la pata fija).
Sin embargo, él sostiene que esto subestima el valor del swap, porque no tiene en cuenta el potencial alcista en el precio (suponiendo una posición larga en la pata flotante) del subyacente, por lo que recomienda aplicar Black-76 al contrato, con el precio en la pata fija como el precio de ejercicio.
Mis problemas con este enfoque son: a) que el valor del swap al inicio no es cero (entonces, si este es el valor correcto, ¿por qué un contraparte entraría en el acuerdo?), y b) el precio de una opción no es negativo, pero sabemos que un swap puede tener un valor negativo.
¿Quién, si alguno de los dos, tiene razón? Y, si ninguno, ¿qué enfoque recomendaría?